En el marco de las medidas adoptadas por el Gobierno para minimizar el impacto negativo del COVID-19 en el ámbito laboral, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) autorizó de forma excepcional a empleadores y trabajadores a adelantar las licencias anuales que se generan durante 2020.
Se detallan los requisitos para el uso de este recurso excepcional:
1. Acuerdo de partes: Se requiere acuerdo entre trabajador y empleador, y que este se motive en la situación de emergencia sanitaria decretada en el país. 2. Consignación por escrito: El acuerdo debe consignarse por escrito y presentarse ante el MTSS, para que la Inspección General de Trabajo y de la Seguridad Social tome conocimiento sobre este. 3. Período de la licencia: Se permite el goce de la totalidad del período de licencia o de una fracción (nunca inferior a 10 días). 4. Remuneración: No se modifica la forma y oportunidad de pago de la licencia y salario vacacional prevista en la normativa vigente.
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